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EL FUERO Y EL PODER

Las democracias modernas no nacieron de la buena voluntad del poder. Nacieron, más bien, de la necesidad de limitarlo.

Esa es quizá una de las grandes lecciones de la historia política occidental: cada derecho conquistado, cada contrapeso institucional y cada garantía parlamentaria surgieron después de entender que ningún poder, por legítimo que parezca en un momento determinado, permanece inmune a la tentación de excederse.

El fuero constitucional pertenece precisamente a esa tradición.

En México, la palabra suele pronunciarse con desconfianza. Se asocia al privilegio, al abuso o a la impunidad. El problema es que reducir el debate a esa lectura implica desconocer por completo el origen político y jurídico de una figura que ha sido fundamental en prácticamente todas las democracias constitucionales contemporáneas.

El fuero no nació para proteger a las personas, nació para proteger funciones.

Y la diferencia entre ambas cosas es enorme.

Su origen moderno puede rastrearse en el parlamentarismo inglés del siglo XVII, particularmente después de la Revolución Gloriosa de 1688 y del Bill of Rights de 1689, cuando el Parlamento logró establecer garantías mínimas frente a la Corona para impedir que el rey utilizara el aparato estatal como mecanismo de persecución política contra legisladores incómodos.

La lógica era profundamente política, pero también profundamente democrática: un representante popular no podía ejercer con libertad si cada voto, cada discurso o cada posición crítica implicaban el riesgo permanente de represalias desde el poder.

Ahí comenzó a construirse la inmunidad parlamentaria moderna.

Más tarde, el constitucionalismo francés retomó esa idea después de la Revolución de 1789, entendiendo que la representación política requería márgenes reales de independencia frente al Ejecutivo. Lo mismo ocurrió en Estados Unidos, donde la Constitución incorporó protecciones específicas para evitar que el presidente pudiera neutralizar opositores mediante procesos judiciales o presión institucional.

México heredó esa tradición.

La Constitución de 1857, influida tanto por el liberalismo clásico como por las tensiones permanentes entre centralismo y autoritarismo que marcaron el siglo XIX mexicano, entendió algo que sigue teniendo enorme vigencia: en países con poder presidencial fuerte, los contrapesos no sobreviven únicamente por voluntad política; necesitan protección jurídica explícita.

Por eso el fuero terminó incorporándose al sistema constitucional mexicano.

Como defensa institucional.

Resulta interesante que incluso figuras profundamente republicanas y anticentralistas como Benito Juárez entendieran la importancia de preservar equilibrios frente al poder. Juárez sabía (quizá mejor que muchos contemporáneos) que las instituciones se debilitan rápidamente cuando el aparato estatal se convierte en herramienta de persecución política. México tiene larga experiencia en eso.

La historia del régimen postrevolucionario está llena de episodios donde el poder utilizó ministerios públicos, fiscalías, tribunales y estructuras administrativas para disciplinar opositores, castigar disidencias o enviar mensajes políticos perfectamente calculados.

La judicialización de la política no es un fenómeno nuevo. Lo novedoso es la sofisticación con la que hoy puede ejercerse.

En América Latina existe incluso un término para describirlo: lawfare. El uso estratégico del aparato jurídico para erosionar adversarios políticos sin necesidad de recurrir a mecanismos abiertamente autoritarios. Brasil, Argentina, Ecuador y Perú han vivido intensos debates alrededor de esa práctica durante los últimos años.

México empieza a entrar peligrosamente en esa conversación.

El caso reciente de una Gobernadora de oposición volvió a colocar el tema en el centro del debate público. Y más allá de simpatías, antipatías o partidismo, el punto verdaderamente delicado se vuelve en qué tan vulnerables pueden volverse los contrapesos cuando el poder político encuentra condiciones para activar instituciones con lógica facciosa.

La discusión no es si una figura pública debe responder ante la ley (por supuesto que debe hacerlo), sino bajo qué condiciones, con qué garantías y bajo qué equilibrio institucional se ejerce esa capacidad del Estado.

Cuando la justicia pierde autonomía y comienza a mezclarse con objetivos políticos, deja de fortalecer la democracia, empieza a tensionarla.

Ahí es donde el debate sobre el fuero exige mucha más profundidad de la que normalmente recibe en la conversación pública mexicana. Resulta fácil pedir su desaparición desde la indignación inmediata; mucho más complejo es comprender que las democracias necesitan mecanismos para castigar abusos, sí, pero también herramientas para impedir que el poder aplaste oposiciones utilizando el peso completo del Estado.

«Todo poder tiende naturalmente a expandirse hasta encontrar límites» , Montesquieu lo advirtió hace siglos

El problema aparece cuando esos límites empiezan a desaparecer bajo aplausos momentáneos, y las democracias, cuando pierden contrapesos, rara vez se deterioran de golpe, normalmente se erosionan poco a poco, mientras la sociedad todavía cree que el poder sigue actuando únicamente contra los otros.

Hasta que un día descubre que ya no existe protección para nadie que decida incomodar.

Diego Chávez

Diego Chávez

El autor cuenta con estudios jurídicos con experticia en asesoría Legislativa Parlamentaria, es Consultor en imagen pública – política y analista para diferentes medios.

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