Inviable, estrategia de la alianza PRI-PAN-PRD para ganar diputaciones pluri
Morelia, Mich.- La estrategia jurídica emprendida por los partidos PAN, PRD y PRI con el objetivo de obtener más diputaciones plurinominales y defender las que están en riesgo ante el Tribunal Electoral de Michoacán, está cimentada en declarar inconstitucional o la inaplicación de la fracción VII del artículo 210 del Código Electoral del Estado de Michoacán, que establece que “no se sumarán los votos que se contabilizaron para la candidatura en común de diputados por el principio de mayoría relativa en su caso”.
De ahí que surjan los medios de impugnación presentados por los representantes de dichos partidos para obtener una mayor cantidad de votos, a fin de obtener una mayor cantidad de plurinominales o salvaguardar las que están en riesgo; sin embargo dicha estrategia es contraria a Derecho, porque en el año 2014 se presentaron diversas acciones de inconstitucionalidad a las reformas del Código Electoral, destacando la de la fracción en mención.
Aunado a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la constitucionalidad de tales artículos, tal como quedó establecida en la resolución de acción de inconstitucionalidad 42/2014 y sus acumuladas 55/2014, 61/2014 Y 71/2014.
Con base en dicha resolución no le permite al Tribunal Electoral realizar una interpretación nueva de la fracción VII del artículo 210 del Código Electoral del Estado de Michoacán, sino que, por el contrario, obliga a su aplicación textual, debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya lo resolvió de esta forma.
Lo anterior podría generar que se otorgue una mayor cantidad de diputados plurinominales al partido Morena, poniéndose en riesgo las diputaciones obtenidas por el PRI y el PAN, bajo esta vía electoral.