Mas empatía y menos retroceso por favor

 Mas empatía y menos retroceso por favor

Mtra. Nuria Hernández

La violencia contra las mujeres es una realidad mundial que ha logrado ser visibilizada por diferentes instrumentos y mecanismo internacionales. Ha sido lamentablemente, un punto a tratar en diferentes foros, debido al impacto que causa en la sociedad esta realidad.
Las mujeres que viven violencia todos los días y a todas horas, resultado de educaciones misóginas y estereotipos de género que fomentan la idea de inferioridad de ellas frente a ellos, requieren de apoyo integral y de redes solidarias y soridarias entre la sociedad y las autoridades. Y esa es justamente una de las acciones más relevantes de las organizaciones de la sociedad civil.

Cualquier manifestación de violencia contra las niñas y las mujeres representa una violación grave de sus derechos humanos, el impacto de esta realidad en sus vidas es inimaginable y permanente. Cada una de esas mujeres que han enfrentado un episodio de violencia requieren de un apoyo integral e interinstitucional para salir de esa realidad.

Su situación personal y las formas en las que viven la violencia, afectan de manera negativa su bienestar y el de su familia, especialmente el de sus hijas e hijos.

Todas estas realidades históricamente han sido visibilizadas por grupos de mujeres organizadas y hombres solidarios con esta causa, muchos han sido los años que han tenido que pasar para que los movimientos promovidos por la sociedad civil y los movimientos de mujeres lograran poner en la mesa política y legislativa la necesidad de construir políticas públicas, desde una mirada sensible a las distintas formas de ser mujer y a las distintas manifestaciones de violencia que viven.

Muchos avances se han logrado, pero también se observan grandes pendientes a nivel internacional y nacional en la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres, entre ellos, el de reconocer que la batalla siempre debe ser hacia adelante, reforzando las buenas practicas existentes y fortaleciendo muchas nuevas que nos garanticen seguir caminando por el camino del reconocimiento y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

Los retrocesos en las políticas públicas existentes en materia de derechos humanos de las mujeres son en sí mismas, una violación a los mandatos internacionales en la materia, y plantean una grave inobservancia a los instrumentos jurídicos internacionales de protección a las mujeres, respecto a su derecho a vivir una vida libre de violencia
A decir de ONU mujeres a nivel internacional hasta el 70 por ciento de las mujeres ha experimentado violencia física y/o sexual por parte de un compañero sentimental durante su vida, 137 mujeres alrededor del mundo son asesinadas a diario por un miembro de su familia.

En México, según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, el 66.1 %de cada 100 mujeres de 15 años y más, han padecido algún incidente de violencia a lo largo de su vida, así como el 49% de las mujeres de 15 años y más padeció al menos un incidente de violencia (emocional) ejercida por su actual o más reciente pareja, en el último año.

Todas estas cifras nos demuestran de la imperiosa necesidad de contar con políticas públicas que garanticen a las mujeres su atención en caso de vivir una situación de violencia.

Desde el ámbito legislativo, esta realidad se traduce en planteamientos claros de prevención y atención de la violencia, en este sentido, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de violencia señala que los modelos de atención, prevención y sanción que establezcan la Federación, las entidades federativas y los municipios, son el conjunto de medidas y acciones para proteger a las víctimas de violencia familiar, como parte de la obligación del Estado de garantizar a las mujeres su seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos humanos, para lo cual entre otras cosas, deberán de favorecerse la instalación y el mantenimiento de refugios para las víctimas y sus hijas e hijos; la información sobre su ubicación será secreta y proporcionarán apoyo psicológico y legal especializados y gratuitos.

Esta legislación señala claramente en su artículo 48 que corresponde al Instituto Nacional de las Mujeres, colaborar con las instituciones del Sistema en el diseño y evaluación del modelo de atención a víctimas en los refugios, así como que corresponde a las entidades federativas, de conformidad con lo dispuesto por esta ley impulsar y apoyar la creación, operación o fortalecimiento de los refugios para las víctimas conforme al modelo de atención diseñado por el Sistema.

Esta legislación va mas allá en la especificación de las necesidades e importancia de los refugios al señalar que las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán proporcionar un refugio seguro a las mujeres en situación de violencia, y señala como parte sus derechos ser tratada con respeto a su integridad y al ejercicio pleno de sus derechos, contar con protección inmediata y efectiva por parte de las autoridades, recibir información veraz y suficiente que les permita decidir sobre las opciones de atención, contar con asesoría jurídica gratuita y expedita, recibir información médica y psicológica y contar con un refugio, mientras lo necesite y especificando que en los casos de violencia familiar, las mujeres que tengan hijas y/o hijos podrán acudir a los refugios con éstos.

Los refugios como mecanismos importantes de protección a las mujeres que viven violencia, deben de prestar a las víctimas y, en su caso, a sus hijas e hijos servicios especializados y gratuitos como el hospedaje, la alimentación el vestido y calzado, el servicio médico, la asesoría jurídica y el apoyo psicológico, programas reeducativos integrales a fin de que logren estar en condiciones de participar plenamente en la vida pública, social y privada y capacitación, para que puedan adquirir conocimientos para el desempeño de una actividad laboral, todo esto durante un periodo de tres meses a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo.

Todo este trabajo representa un ejercicio continuo de protección a las mujeres que viven violencia, es decir, los procesos de recuperación de la atención psicológica y los procesos jurídicos no se desarrollan en un solo momento, son procesos largos, que tienen como fin que las mujeres puedan recuperar su vida y su estabilidad emocional, psicológica y económica.
Es importante pensar que en la mayoría de los casos estas mujeres que son candidatas a un refugio, están escapando de una realidad de violencia en sus casas, en sus hogares, con las personas que viven o con su círculo más cercano, es decir, con las personas que se supone son sus redes pero de las que desgraciadamente tienen que huir para poder sobrevivir, y es importante destacar esto porque en la mayoría de los casos estas mujeres no tienen más familia que las que las violenta, no tienen más apoyo ni un lugar a donde acudir para resguardarse, por lo que es un error pensar que pueden permanecer ahí, colocándose en un doble y peligroso riesgo.

El miedo que acorrala a muchas mujeres que viven en una situación de violencia, es arrancado de ellas cuando se sienten resguardadas en un lugar seguro con personas que no las violentan y que además están preparadas para afrontar la situación, un lugar lejano y desconocido para el que las maltrata y las amenazas de muerte, un lugar donde ellas y sus hijas e hijos pueden encontrar la paz, realidad que el dinero no puede comprar.

El pensar que la solución a la atención de la violencia es la entrega de recursos directamente a las mujeres que la viven, es a todas luces un error y un desconocimiento del proceso de atención psicólogo y jurídico que se brinda en los refugios, representa un retroceso al avance en el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres, pero más allá de eso, es una violación a la máxima legislación en la materia, cualquier decisión de política pública que se tome al respecto, debe de respetar lo mandatado de manera tajante por el poder legislativo federal y su réplica a nivel estatal.

Comparto la idea de la necesaria revisión de la utilización del recurso destinado a los refugios, pero esta no puede ser la razón para desaparecer, el apoyo a este importante tema.

En Michoacán la LEY POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA LAS MUJERES EN EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO define a los refugios como los albergues, estancias, centros o establecimientos constituidos por instituciones gubernamentales y privadas para la atención y protección de las mujeres y sus hijas e hijos víctimas de violencia y señala como políticas en la materia el garantizar la instalación y el mantenimiento de refugios para las víctimas y sus hijas e hijos menores de edad o incapaces, para lo cual establece que la información sobre su ubicación será reservada y proporcionarán apoyo psicológico y legal especializados y gratuitos.

El trabajo de las instituciones públicas de la mano con mujeres organizadas de la sociedad civil, comprometidas por los derechos de las otras como si fueran los de ellas, han logrado salvar vidas y arrancar de la violencia a muchas mujeres y sus familias.

Cada vez que pensemos en el tema de la violencia contra las mujeres, debemos ejercer la empatía como requisito sine qua non, entendiéndola como la intención de comprender los sentimientos y emociones, intentando de esta forma experimentar de forma objetiva y racional lo que siente la otra persona, en resumen, es la capacidad de los seres humanos de ponerse en los zapatos de la o el otro, en este sentido, y para el tema que nos ocupa mejor pensar en más empatía y menos retroceso, que de por si los derechos humanos avanzan lentos.

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Redaccion Indicio Michoacán

Redacción

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