Ser mujer y periodista en México

 Ser mujer y periodista en México

Estamos a 25 de enero del 2022 y se han reportado en medios de comunicación el homicidio de por lo menos tres periodistas de nacionalidad mexicana en lo que va de este año. Una de ellas es una mujer, Lourdes Maldonado, quien este domingo 23 de enero, fue asesinada con un arma de fuego en Tijuana; de manera concreta en el interior de un vehículo frente a su domicilio, días después de anunciar que había ganado el litigio laboral que mantenía desde hace casi 9 años contra una televisora local para la que había trabajado.

Ella como muchas otras personas dedicadas al periodismo estaba inscrita en el Mecanismo de Protección a Periodistas y Defensores de los Derechos Humanos y de manera pública había pedido apoyo al Presidente de la República al decir que temía por su vida, la cuál lamentablemente fue arrebatada esta semana, aún y cuando los mecanismos de protección existen y el solo temor de la víctima debió de ser una llamada de atención para su protección. 

Y es que los datos son fríos y contundentes, en lo que va del año, es decir ni un mes, se han cometido tres homicidios a periodistas, una cifra que representa la mitad de las muertes de periodistas que se cometieron en el 2021. Situación grave para un país que ha firmado la mayoría de los instrumentos internacionales en materia de protección a los derechos humanos. 

A decir de la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa 2021, México ocupa el lugar 143 de 180 países respecto al derecho para ejercer la libertad de prensa, en donde el país es considerado como uno de los “más peligrosos y mortíferos del mundo para los medios”.

Realidades como la impunidad, la corrupción, el crimen organizado, el abuso de autoridad entre otras cosas, colocan a esta profesión como una de las más peligrosas en el país, y es que hablar con la verdad e incomodar con las pruebas, son hoy una sentencia fatal para ellas o ellos y el resultado es una serie de delitos en su contra como desapariciones forzadas, la cárcel, el exilio o lamentablemente la muerte. 

Aunado a lo anterior la violencia que viven las mujeres periodistas es cada vez más común y menos visibilizada, y que más allá de acceder al derecho a la expresión, es este mismo derecho el que es utilizado para ser denunciadas con pruebas exprés por la comisión de otros supuestos delitos, o son difamadas y discriminadas públicamente como  una forma de control y sanción social, donde quedan expuestas sus preferencias, o su vida personal, entre otros mecanismos para ejercer sobre ellas diferentes formas de violencias, algunas simbólicas y otras más claras como la física y en algunos casos llegar hasta el feminicidio. 

A decir del informe “Herencia de un sexenio: Simulación y Desplazamiento. Violencia contra mujeres periodistas 2012-2018” elaborado por la asociación Comunicación e Información de la Mujer (Cimac), señala que en cuanto al tipo de violencia que viven las mujeres periodistas, el 87,68% de los casos estuvieron relacionados con la violencia psicológica, seguida de la física (35,07%), la patrimonial (13,51%), la sexual (7,11%) y la económica (2,61%), asimismo señala que las agresiones más habituales contra las periodistas mexicanas fueron actos de intimidación (19,56%), amenazas (13,39%), hostigamiento (11,51%), agresiones físicas (10,15%), bloqueo informativo (8,69%), campañas de desprestigio (7,22%) y uso desproporcionado de la fuerza pública (6,28%).

No obstante que el Estado Mexicano aprobó en el año 2012 la “Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas”, con la cual se mandata la obligación de crear el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Este mecanismo tiene el objetivo de implementar y operar entre otras cosas, las medidas de prevención, medidas de protección y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo.

Este mecanismo de carácter federal y con sus homólogos a nivel estatal, adscritas a las áreas de gobernación tiene la obligación de garantizar la protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas que sufren algún tipo de agresión con motivo de su labor, ante lo cual deben de ser protegidas mediante:

 1. Medidas Urgentes de Protección, como mecanismos para resguardar, de manera inmediata, la vida, la integridad, la libertad y seguridad de las personas, medidas que deben ser implementadas en un plazo máximo de 9 horas.2. Medidas de Protección: que protegen del riesgo y protegen la vida, integridad, libertad y seguridad del periodista o persona defensora.3. Medidas Preventivas: que representan acciones a favor de la persona para evitar la consumación de las agresiones.

 

Entre las medidas urgentes de protección se incluye la evacuación, reubicación temporal, escoltas de cuerpos especializados, protección de inmuebles y las demás que se requieran para salvaguardar la vida, integridad y libertad de las personas periodistas; NADA DE ESTO SE VIO EN EL CASO DE LOURDES MALDONADO, aún y cuando hizo público a nivel nacional el riesgo al que se enfrentaba y el miedo que ella tenía por perder la vida. 

Y aunque la legislación -por cierto carente de lenguaje incluyente y perspectiva de género-, señala sanciones para la o el servidor público que de forma dolosa utilice, sustraiga, oculte, altere, destruya, transfiera, divulgue, explote o aproveche por sí o por interpósita persona la información proporcionada u obtenida por la solicitud, trámite, evaluación, implementación u operación del Mecanismo y que perjudique, ponga en riesgo o cause daño a la Persona Defensora de Derechos Humanos o Periodista, NO SEÑALA LA NEGLIGENCIA EN LA OMISIÓN DE CREERLE A LAS VÍCTIMAS ANTE SU DICHO PÚBLICO. 

Y es que como en muchas otras realidades de violencias contra las mujeres, pareciera que es mejor no escucharlas, no creerles y normalizar lo que viven como si sólo fuera a desaparecer y no tomar con seriedad el dicho de ellas ante una amenaza clara y constante y aplicar toda la fuerza de la ley, de los mecanismos de protección y los protocolos existentes para tal fin. 

Creerles a las víctimas, es el principal punto de partida para el acceso a la justicia a las mujeres, es una obligación de las autoridades y es la empatía, unanecesidad básica de las sociedades democráticas. 

Las víctimas tienen derecho a la memoria. Este derecho es inseparable de la dignidad personal de las víctimas, del reconocimiento de sus derechos e intereses legítimos y del derecho de estas a la verdad. 

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Nuria Gabriela Hernandez Abarca

Maestra en Ciencias Penales y Criminalísticas y Medicina Legal Forense por la Escuela de Derecho de la Barra Nacional de Abogados. Ex titular de la Seimujer Michoacán.

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